INICIO Ambiente Amb COFADEH obtiene sobreseimiento definitivo para ambientalistas de Talanga

COFADEH obtiene sobreseimiento definitivo para ambientalistas de Talanga

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El Area de Acceso a Justicia del Comité de Familiares de Detenidos Desaparecidos en Honduras (COFADEH), obtuvo el pasado 15 de abril, sobreseimiento definitivo a favor de varios ambientalistas de Talanga que se oponían al corte irracional e ilegal de madera en esta zona del norte del departamento de Francisco Morazán.

El 9 de febrero del 2009, COFADEH solicitó una suspensión de la persecución penal en el caso de JORGE ANTONIO MARADIAGA ZUNIGA, MARTINA NOHEMI SALGADO SANCHEZ, ELIO RAFAEL RIVERA Y REINALDO SUAZO RIVERA, por considerar que el delito que se les imputaba reunía los requisitos establecidos en el Código Procesal Penal sobre la suspensión de la persecución penal por parte del Ministerio Publico. 

El 20 de abril del 2008, el Ministerio Publico a petición del señor Mario Palacios, (dueño de una empresa maderera en la Comunidad de Agua Blanca, Talanga, Francisco Morazán) presentó “requerimiento fiscal” contra varios miembros de la comunidad por no permitir el corte de madera en esa localidad. 

Los ambientalistas se oponían al corte irracional del recurso bosque, por que la comunidad nunca fue consultada para el otorgamiento de ese plan de manejo forestal y por considerar que el mismo no era apegado a derecho, ya que no se observaban las medidas de mitigación y se atentaba contra la vida y la salud de los habitantes de Agua Blanca, Talanga.

De acuerdo a las denuncias expuestas, el maderero Mario Palacios, intentó por la fuerza extraer madera por lo que hubo un enfrentamiento entre los pobladores y algunos miembros de la policía que estaban protegiendo al empresario maderero.

En la causa iniciada por el Ministerio Publico, el COFADEH asumió la defensa de los pobladores miembros de un comité ambientalista organizado en la zona, por considerar que se estaban violentando garantías judiciales por partes de los órganos estatales. 

El expediente estaba siendo retrasado injustificadamente por el Ministerio Publico, por lo que se impulsaron acciones legales ante la Corte de Apelaciones, instancia que ordenó al Juez de primera instancia, celebrar las audiencias correspondientes en la causa.

La destrucción del bosque está dejando a las comunidades sin fuentes de agua
Es así que el 9 de febrero del 2009, el COFADEH solicitó una suspensión de la persecución penal en el caso de JORGE ANTONIO MARADIAGA ZUNIGA, MARTINA NOHEMI SALGADO SANCHEZ, ELIO RAFAEL RIVERA Y REINALDO SUAZO RIVERA. 

Por considerar que el delito que se les imputaba, reunía los requisitos establecidos en el Código Procesal Penal, sobre la suspensión de la persecución penal por parte del Ministerio Publico. 

En esa ocasión el Ministerio Publico no se pronunció al respecto, pero solicitó una nueva audiencia para que se le presentaran las constancias de cumplimiento. 

En fecha 18 de febrero, el Área de Acceso a Justicia del COFADEH, presentó los requisitos de la suspensión de la persecución penal, pero en vista que el delito que se les imputaba a los representados era el de DESOBEDIENCIA A LA ADMINISTRACION PUBLICA, se solicitó al Tribunal de la jurisdicción de Talanga, que requiriera al representante del Estado; en este caso al Representante de la Procuraduría General de la Republica.

Siendo que es el órgano supuestamente ofendido, el que debe de poner las condicionantes de la suspensión según establece la ley,  el COFADEH verificó que el procedimiento que estaba utilizando el Ministerio Publico, no era el correcto. 

El 25  de febrero de 2009, estando el representante del Estado en la audiencia, el Ministerio Publico pretendía que el maredero que inició la denuncia por amenazas, coacción y por obstrucción a un plan de manejo, causa que ya estaba sobreseída definitivamente, pusiera condiciones para la suspensión. 

Al verificar que se estaba cometiendo una grave violación al debido proceso, se solicitó al Tribunal que mandara a sacar de la sala al señor MARIO PALACIOS, maredero que había amenazado a los representados. El Tribunal así lo hizo, puesto que la causa era en perjuicio del Estado y no del señor Palacios. 

El Ministerio Publico se negó entonces a otorgar la suspensión de la persecución penal, alegando el fiscal a cargo, que él no tenia autorización del superior jerárquico. Cabe señalar que el Código de Procedimientos Penales en su artículo 36, establece los requisitos de la suspensión y en ningún momento habla de que el fiscal deba de solicitar autorización al superior jerárquico. El Juez así se lo hizo saber al Fiscal pero éste en una actitud caprichosa, se negó a otorgar la suspensión. 

Por lo anterior se le solicitó al representante de la Procuraduría General de la República y en aplicación al articulo 45 del Código de Procedimientos Penales llegar a un acuerdo conciliatorio, mismo que fue otorgado, con algunas condicionantes que fueron aceptadas por el COFADEH, como defensor de los ambientalistas.

El 25 de marzo del 2009, se solicitó sobreseimiento definitivo a favor de los ambientalistas, por considerar que las condicionantes impuestas por el Estado, se habían cumplido.

El Tribunal otorgó audiencia el miércoles 15 de abril de 2009, para oír  la petición del COFADEH  y la opinión del represéntate del Estado. 

Una vez que el COFADEH presentó la documentación pertinente, el Tribunal escuchó la solicitud  y tanto el representante del Estado, como el Juez, estuvieron de acuerdo con la petición, por lo que se procedió a otorgar el sobreseimiento definitivo para los ambientalistas de Talanga, Francisco Morazán.
 
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