Carlos Puerto continuará bajo arresto domiciliario por caso Isy Obed Murillo y Alex Zavala

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Tegucigalpa.- El Tribunal de Sentencia con Competencia Territorial Nacional en Materia de Criminalidad Organizada, Medio Ambiente y Corrupción declaró sin lugar la solicitud presentada por la defensa del general en condición de retiro Carlos Puerto, exjefe del Comando de Operaciones Especiales (COES), para modificar la medida cautelar de arresto domiciliario que actualmente cumple.

La audiencia de revisión de medidas se llevó a cabo el miércoles 27 de mayo de 2026, a petición de la defensa del imputado, quien solicitó que se sustituyera el arresto domiciliario por una fianza hipotecaria, conforme al artículo 173, numeral 10, del Código Procesal Penal. Como garantía, la defensa propuso un bien inmueble valorado en aproximadamente 3.5 millones de lempiras.

Durante la audiencia, la Acusación Privada, representada por el Comité de Familiares de Detenidos Desaparecidos en Honduras (COFADEH), se opuso a la petición argumentando que la medida solicitada no garantiza la presencia del acusado durante el desarrollo del proceso judicial. Asimismo, señaló que Carlos Puerto enfrenta cargos por los delitos de asesinato en perjuicio de Isy Obed Murillo Mencía y tentativa de asesinato contra Alex Zavala, hechos que podrían conllevar penas severas.

La representación de las víctimas también destacó que los delitos imputados se enmarcan en un contexto de graves violaciones a los derechos humanos y recordó que el acusado ya goza de beneficios que le permiten salir de su residencia previa autorización del tribunal.

Tras analizar los argumentos de las partes, el tribunal resolvió mantener la medida de arresto domiciliario. Además, recordó al imputado que está obligado a cumplir estrictamente con dicha medida y a presentarse ante las autoridades judiciales cada vez que sea requerido.

Los jueces enfatizaron que en ningún momento se han vulnerado los derechos del acusado, ya que la medida cautelar vigente no implica reclusión en un centro penitenciario, sino permanencia en su lugar de residencia bajo las condiciones establecidas por el tribunal.