Honduras: Continuación de la criminalización contra los defensores de Guapinol

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Foto de los defensores de los ríos Guapinol y San Pedro frente a la amenaza de la extracción minera en Tocoa, Colón, Honduras. Ellos permanecen privados de libertad en una cárcel de Olanchito y La Ceiba

El Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos, programa conjunto de la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) y de la FIDH, ha recibido nuevas informaciones y solicita su intervención urgente ante la siguiente situación en Honduras.

Nueva información:

El Observatorio ha recibido con profunda preocupación información de fuentes fidedignas sobre la continuación de la criminalización contra trece defensores del derecho al agua en los sectores de Guapinol y San Pedro en Tocoa, departamento de Colón, en la zona del Parque Nacional Montaña de Botaderos[1].

Según la información recibida, el 13 de agosto de 2020, los representantes legales de los defensores de Guapinol fueron notificados de cuatro fallos emitidos por la Corte de Apelaciones el 3 de marzo de 2020.

El primer fallo ratifica la decisión del 1 de septiembre de 2019 de la jueza de Jurisdicción Nacional Lisseth Vallecillo de dictar un auto formal de procesamiento por los delitos de “incendio agravado” y “privación injusta de libertad” para los Sres. Porfirio Sorto Cedillo,  José Abelino Cedillo, Kelvin Alejandro Romero, Arnol Javier Alemán , Ever Alexander Cedillo, Orbin Nahún Hernández y Daniel Márquez, quienes se encuentran privados de libertad en el Centro Penal de Olanchito, así como para el Sr.  Jeremías Martínez, privado de libertad en el Centro Penal La Ceiba.

En cuanto a la prisión preventiva de estas ocho personas, la Corte de Apelaciones se pronunció sobre un recurso presentado por la defensa el 7 de noviembre de 2019, en el que solicitaba revocar la medida cautelar de prisión preventiva. Sin embargo, en su dictamen, la Corte de Apelaciones, hizo referencia a un expediente completamente diferente.

En su tercer fallo, la Corte de Apelaciones denegó la solicitud de audiencia de revisión de medidas cautelares, presentada por la representación legal de las personas defensoras el 11 de marzo de 2020, afirmando no tener competencia para celebrar tal audiencia.

En el cuarto fallo, la Corte revocó el sobreseimiento definitivo por los delitos de “incendio agravado” y “privación injusta de libertad” para los Sres. Juan Antonio López, Leonel George, Reynaldo Domínguez, Marco Tulio Ramon y José Adalid Cedillo, cinco de los doce defensores a favor de los cuales se habían desestimado dichos cargos en marzo de 2019. En su decisión, la Corte de Apelaciones no individualizó los cargos ni proporcionó ningún argumento legal que justifique su decisión. En este caso, el equipo de defensa legal ha presentado reposiciones para impugnar el fallo de la Corte.

Asimismo, la Corte de Apelaciones ratificó el sobreseimiento definitivo por el delito de “asociación ilícita” para todas las personas defensoras de Guapinol criminalizadas que se habían presentado voluntariamente ante los tribunales, y cambió el sobreseimiento definitivo por el delito de “robo” a un sobreseimiento provisional.

Sobre los delitos de “usurpación” y “daños” que 14 del total de 20 defensores criminalizados también enfrentan, la Corte de Apelaciones no se ha pronunciado. (ver Antecedentes).

El Observatorio destaca que los cuatro fallos fueron emitidos el 3 de marzo de 2020. Sin embargo, la Corte de Apelaciones no lo notificó oficialmente hasta el 13 de agosto, hecho que representa una grave denegación de justicia. Asimismo, la Corte se negó a aceptar y a considerar en su fallo un documento suplementario presentado por el equipo legal de los defensores el 6 de agosto de 2020. Éste contenía los cambios en el nuevo Código Penal de Honduras y sus impactos favorables en el caso.

En las próximas semanas, el expediente del caso debe de ser trasladado al Juzgado de Letras de Jurisdicción Nacional, quien deberá convocar una audiencia para notificar a las partes y para decidir las medidas que se deben aplicar a los cinco defensores nuevamente criminalizados. Durante la audiencia, la representación legal solicitará el cambio de medidas para los ocho defensores en prisión preventiva.

El Observatorio reitera su condena al uso indebido del derecho penal para controlar, neutralizar y castigar a las personas que ejercen el derecho a la resistencia en defensa de la tierra y el territorio y muestra su preocupación por el mantenimiento de la medida cautelar de prisión preventiva para los Sres. Porfirio Sorto Cedillo, José Abelino Cedillo, Kelvin Alejandro Romero, Arnold Javier Alemán, Ever Alexander Cedillo, Orbin Nahún Hernández y Daniel Márquez y Jeremías Martínez.

En este sentido, el Observatorio recuerda que el 19 de marzo de 2020, sus representantes legales presentaron una acción de habeas corpus ante la Corte Suprema de Justicia con el fin de garantizar la salud y la vida de los defensores en el actual contexto de crisis sanitaria. Sin embargo, ésta fue rechazada, a pesar de los llamamientos públicos hechos por la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet, exhortando a los Estados a tomar medidas alternativas a la privación de libertad para aquellas personas detenidas sin motivos jurídicos suficientes[2].

Asimismo, el Observatorio condena enérgicamente la continuación de la criminalización contra los defensores del derecho al agua de Guapinol, así como las violaciones al debido proceso, particularmente el incumplimiento de los plazos procesales para la emisión de resoluciones judiciales.

Por todo lo anterior, el Observatorio reitera su llamado a las autoridades de Honduras a tomar medidas concretas y urgentes para asegurar el respeto del derecho al debido proceso de las personas defensoras anteriormente mencionadas y a poner fin de inmediato a todo acto de hostigamiento —incluido a nivel judicial— en contra de los pobladores de Guapinol y Sector San Pedro, así como de todas las personas  defensoras de derechos humanos en Honduras, particularmente en el marco de la defensa del derecho a la tierra y al territorio frente a empresas mineras.

Antecedentes:

El 1 de agosto de 2018, pobladores de comunidades del sector de Guapinol instalaron un campamento en protesta a las actividades de la empresa minera «Inversiones Los Pinares» que trabajaba en la apertura de una carretera dentro del Parque Nacional Montaña de Botaderos donde se ubican dos concesiones, pasando a unos 20 metros del río Guapinol. Según los pobladores, el arrastre de los sedimentos de la apertura de la carretera hizo que los sistemas de agua potable se llenaron de lodo. Además, pobladores de 13 comunidades del sector de San Pedro se sumaron a la protesta ya que la explotación minera está ubicada en la zona donde nace el río San Pedro, que les abastece de agua. Los pobladores consideran ilegal e injusta la autorización sin consulta de concesiones mineras en la zona núcleo de un área protegida donde nace el agua que usan para sobrevivir.

El 7 de septiembre de 2018, un joven resultó herido luego de ser atacado por un grupo de guardias contratados por la empresa “Inversiones Los Pinares”, en el sitio en donde mantenían el campamento los pobladores de Guapinol y Sector San Pedro, hecho que no ha sido investigado ni sancionado.

El 27 de octubre de 2018, aproximadamente 1500 efectivos militares y policiales llevaron a cabo un desalojo violento del campamento.

El 21 de febrero de 2019, 13 de 18 personas del municipio de Toco se presentaron voluntariamente al juzgado de La Ceiba ante la orden de detención emitida en su contra por supuestos delitos de “usurpación” y “daños” contra la empresa “Inversiones Los Pinares” y el Estado de Honduras. Al presentarse al juzgado, las personas defensoras y sus abogados fueron sorprendidos con la existencia de una segunda solicitud de captura en contra de 31 personas, dentro de las cuales, 12 de las 13 personas que se habían presentado, se les acusaba de delitos adicionales, incluidos “privación injusta de la libertad”, “incendio agravado”, “robo” y “asociación ilícita”. Ante esa situación, los abogados defensores interpusieron un recurso de recusación en contra del juez de La Ceiba y el caso fue trasladado a un juez de Jurisdicción Nacional con sede en Tegucigalpa.

Las 13 personas fueron trasladadas a Tegucigalpa con fuertes medidas de seguridad militar y policial. Al día siguiente, se celebró la audiencia de declaración de imputado ante el juez de Jurisdicción Nacional Víctor Méndez quien ordenó la detención judicial para 12 de las 13 personas[3], en virtud de que entre los delitos por los cuales se les acusaban, figuraba el delito de “asociación ilícita”, que conlleva automáticamente la prisión preventiva, algo que ha sido denunciado reiteradamente como un tipo penal utilizado para criminalizar la defensa de derechos humanos.

Los doce defensores estuvieron en el Centro Penal de Tamara hasta el 28 de febrero cuando inició su primera audiencia inicial por el primer requerimiento de “usurpación” y “daños” ante el mismo Juez Méndez.

A las 2:35 de la madrugada del 2 de marzo de 2019 el juez de Jurisdicción Nacional dictó sobreseimiento definitivo para los delitos de “usurpación” y “daños” contra la empresa «Inversiones los Pinares» de los que se acusaba a las 13 personas defensoras según el expediente inicial número 148-2018 emitido por el Juzgado de Jurisdicción Nacional en San Pedro Sula en octubre de 2018.

Horas después, empezó la segunda audiencia inicial por la segunda causa en el caso de criminalización contra las docepersonas defensoras del derecho al agua que permanecían privadas de libertad bajo prisión preventiva.

El 4 de marzo el Juez Méndez de Jurisdicción nacional dictó sobreseimiento definitivo para los delitos de “privación injusta de la libertad”, “incendio agravado”, “robo” y “asociación ilícita” y las 12 personas defensoras fueron puestas en libertad el día 6 de marzo.

El Observatorio mostró su preocupación por el lamentable papel jugado por el Ministerio Público durante las casi 50 horas de audiencias en las que quedó patente que carecía completamente de pruebas. A modo de ejemplo, como parte de las pruebas presentadas por el Ministerio Público, aparecía una matriz que señalaba a los integrantes de “La Banda de la Aldea de Guapinol” en la que aparecía como presunto integrante del supuesto grupo criminal la fotografía y nombre del Sr. Antonio Martínez Ramos, quien aparecía en el segundo requerimiento fiscal a pesar de haber fallecido en el 2015 por lo que evidentemente no podía ser culpable de los delitos que se le atribuían.

La empresa apeló la decisión de sobreseimiento definitivo y la Corte de Apelación aceptó el recurso.

El lunes 26 de agosto de 2019 un grupo siete defensores de derechos humanos[4] de los 31 criminalizados, se presentaron voluntariamente ante la jueza de Jurisdicción Nacional, Lisseth Vallecillo, buscando poner fin al proceso de criminalización en su contra y que se reconociera su inocencia en el marco del caso “Guapinol” en el que, en marzo de 2019, 12 personas defensoras que enfrentaban las mismas acusaciones fueron absueltas.

Durante la audiencia de presentación de imputados celebrada el 26 de agosto, la Jueza Lisseth Vallecillo de Jurisdicción Nacional dictó detención judicial contra los siete defensores y contra el Sr. Jeremías Martínez Díaz[5] al existir una acusación por “asociación ilícita” en su contra. Los defensores fueron privados de libertad en la penitenciaría nacional Marco Aurelio Soto en Támara, Departamento de Francisco Morazán.

El 28 de agosto de 2019, el Sr. Argueta Tejada, uno de los defensores criminalizados en el caso Guapinol que había decidido voluntariamente no presentarse ante el juez, fue asesinado a balazos por personas desconocidas.

Entre el 31 de agosto y el 1 de septiembre tuvo lugar la audiencia inicial contra los ocho defensores. Se dictó sobreseimiento definitivo por los delitos de “robo” y “asociación ilícita” y auto formal de procesamiento por los delitos de “incendio agravado” y “privación injusta de libertad” y dictó prisión preventiva, aunque estos delitos no requieren de esta medida, para los ocho defensores y para el Sr. Antonio Martínez Ramos, quien había fallecido cuatro años antes.

El 6 de noviembre de 2019 tuvo lugar la audiencia de revisión de medidas, en la que la jueza confirmó las medidas de prisión preventiva para los defensores. Al día siguiente, , sus representantes legales presentaron un recurso de apelación ante la Corte de Apelaciones, que no fue recibida hasta el 25 de febrero de 2020.

El 11 de marzo de 2020, se presentó una nueva solicitud de audiencia para revisar la medida.

Acción solicitada:

Por favor, escriban a las autoridades de Honduras urgiéndolas a:

i.  Poner fin de inmediato a todo acto de hostigamiento —incluido a nivel judicial— en contra de los pobladores de Guapinol y San Pedro, así como de todas las personas defensoras de derechos humanos en Honduras, otorgarles la libertad inmediata e incondicional y respetar en todas circunstancias su derecho a un debido proceso;

ii. Poner fin a la utilización del derecho penal para controlar, neutralizar y castigar a las personas que ejercen el derecho a la resistencia en defensa de la tierra y el territorio;

iii. Iniciar una investigación inmediata, exhaustiva e imparcial sobre la legalidad de las concesiones mineras que originaron el conflicto, los daños ambientales y las acciones de las guardias de seguridad de la empresa, policías y miembros de las fuerzas armadas, con el fin de identificar a los responsables, llevarlos ante un tribunal competente e imparcial, y aplicarles las sanciones previstas por la ley;

iv. Abordar las causas de fondo del conflicto socioambiental revisando la concesión de territorios protegidos a la empresa extractiva minera Los Pinares al encontrarse en el núcleo del Parque Nacional Montaña de Botaderos;

iv. Implementar políticas de reconocimiento, incluyendo el reconocimiento público por parte del Presidente de la República y otros altos funcionarios, de la importancia de la legítima labor llevada a cabo por las personas  defensoras de derechos humanos;

v. Asegurar la aplicación de lo dispuesto por la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de la ONU el 9 de diciembre de 1998, en particular en lo referente al artículo 1, 5.a y 12.2.

vi. De manera general, garantizar el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el país de conformidad con las normas internacionales de derechos humanos ratificadas por Honduras.

Direcciones:

Sr. Juan Orlando Hernández, Presidente de la República. E-mail: diseloalpresidente@presidencia.gob.hn, info@presidencia.gob.hn
Sr. Héctor Leonel Ayala, Secretario de Estado de los Despachos de Justicia, Derechos Humanos, Gobernación y Descentralización. E-mail: observatorio@sdhjgd.gob.hn
Sr. Oscar Chinchilla, Fiscal General de la República. E-mail:  suazog@mp.hn
Sra. Nora Urbina, Directora General del Sistema de Protección a defensores de derechos humanos, periodistas, comunicadores sociales y operadores de justicia. E-mail: proteccion.ddhh.hn@gmail.com
Sr. Roberto Herrera Cáceres, Comisionado Nacional de los Derechos Humanos. E-mail: consultorinternacionalhn1@gmail.com; central@conadeh.hn
Sr. Rolando Edgardo Argueta Pérez, Presidente de la Corte Suprema de Justicia. E-mail: cedij@poderjudicial.gob.hn;  justiciaenaccion@poderjudicial.gob.hn
Sr. Embajador Giampaolo Carmelo Rizzo Alvarado, Misión Permanente de Honduras ante las Naciones Unidas en Ginebra. E-mail: mission@hondurasginebra.ch
Sr. Embajador Roberto Ochoa Madrid, Embajada de Honduras en Bruselas. E-mail:  ambassade.honduras@chello.be
Sr. Embajador Luis Cordero Montoya, Embajada de Honduras en OEA. E-mail: honduras@oas.org

Por favor, escriban también a las Representaciones Diplomáticas de Honduras en sus respectivos países.